La gran mayoría de las madres que trabajamos debemos dejar encargados a nuestros hijos desde muy pequeños. En México el permiso que otorga la ley es de 45 días (sí, mes y medio, osea nada).
El permiso de maternidad es un derecho que tenemos las mujeres trabajadoras (mamás luchonas) durante la fase final el embarazo y durante el nacimiento del bebé para poder cuidarlo. Consta de 90 días, 45 previos al parto y 45 días después de haber parido.
Este descanso es obligatorio, con goce de sueldo y por supuesto con la garantía de conservar su trabajo durante ese periodo de ausencia.
En algunos países de Europa los permisos de maternidad son mucho más largos. Por ejemplo: Reino Unido y Noruega 315 días de permiso, Suecia 240, ¿le sigo?, bueno en Croacia se proporciona el permiso más largo del mundo con 410 días. ¡Qué bendición!
Colombia hace poco aprobó dos leyes a favor de las madres lactantes y la niñez, con el objetivo de fortalecer la unidad familiar.
La primera de ellas, la cual trata de incentivar la adecuada atención y cuidado de la primera infancia, se trata de la licencia de maternidad para de la cual se amplió el periodo de licencia de maternidad de 14 a 18 semanas.
Esta normativa contempla una semana de licencia obligatoria antes del parto y da una ampliación de licencia cuando se trate de un parto múltiple.
La segunda ley promueve la lactancia materna, para que las madres tengan un espacio digno que cuente con las especificaciones técnicas de higiene y salubridad en sus lugares de trabajo, donde puedan extraer la leche materna durante la jornada laboral para luego transportarla a sus hogares. ¡BRAVO! ya se podrán ir olvidando de la extracción de leche en los sanitarios.
Estas salas de lactancia será obligatoria en entidades tanto públicas como privadas que tengan capitales superiores a los 367 mil 500 dólares o con más de 50 empleadas.
Gracias a esta estrategia la alimentación del bebé no se verá afectada ante la ausencia temporal de la madre además dignifica esta actividad natural y fundamental.
Colombia se suma al respeto por las garantías universales y que forman parte de las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización Mundial de la Salud (OMS), y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde).